Bogotá, 10 de julio de 2020.- La Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional el decreto ejecutivo mediante el cual la presidencia de la República ordenó al Congreso y otras entidades legislativas realizar sesiones virtuales durante la cuarentena adoptada por la pandemia del coronavirus.
Luego del fallo, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos Cuenca Chaux, salió al paso a la sentencia y explicó que; “La Cámara de Representantes no sesionó virtualmente con base en el Decreto 491 artículo 12 que es el que tumba hoy la Corte constitucional”; “Nosotros sesionamos virtualmente con nuestro propio marco de la Ley 5 de 1992”; “y a partir de nuestra autonomía proferimos una Resolución interna que nos permitió adelantar nuestra actividad de forma virtual”, explicó.
“Entendemos que la Corte constitucional lo que hace es decirle al Gobierno nacional que no puede; a través de un Decreto; modificar una Ley orgánica ni romper el equilibrio de poderes haciendo intromisiones del ejecutivo al legislativo. Eso lo tuvimos en cuenta y por eso salimos adelante de otra forma con nuestra autonomía e independencia”, describió el presidente de la Cámara.
Por último, Carlos Cuenca dijo que “las leyes que se aprobaron virtualmente para que sean inconstitucionales deberán surtir el trámite de control constitucional como es usual”.
Las reacciones de los senadores
Armando Benedetti, senador por el partido de la U, consideró que se está “corriendo la cerca en contra del Congreso”. El senador dijo: “estoy feliz que las sesiones hayan vuelto a ser presenciales, pero no me gusta que la Corte Constitucional haya corrido la cerca; ya lo había hecho el presidente diciendo cómo debíamos sesionar; ahora la Corte le dice al presidente que no puede hacer eso, pero ella nos dice que tiene que ser presencial. No me gusta para nada que estén corriendo la cerca en contra del Congreso”.
Carlos Fernando Motoa, senador de Cambio Radical, desde el inicio se negó a las sesiones virtuales por considerar que se violaba la normatividad vigente. Luego del fallo declaró que “los tribunales constitucionales en una democracia están creados para defender los principios y postulados del Estado en su carta política; por eso me parece muy oportuno que la Corte Constitucional se haya pronunciado antes de iniciar las sesiones del 20 de julio; sobre un hecho que lo advertí en varias oportunidades para que se declarara inexequible ese decreto presidencial”.
El senador Roy Barreras, fue otro de los senadores que reclamó el trabajo legislativo presencial. Después de conocer la sentencia dijo; “con 43 excepciones, iglesias y gimnasios abiertos y 30 millones de colombianos en la calle trabajando o buscando trabajo era insostenible disculpa del Congreso para no trabajar. Los 5 congresistas que se contagiaron en la calle demuestran que iban a todas partes menos al Congreso”.
El senador Jorge Enrique Robledo, del Polo Democrático, dijo que celebra la decisión, porque las sesiones virtuales eran resultado del autoritarismo de Duque. “Celebramos que la Corte Constitucional haya acogido nuestra tesis de que Duque violaba la Constitución al arrogarse el derecho de decir que el Congreso sí podía sesionar virtualmente. Autoritarismo por obvia violación a la separación de los poderes”.
Una voz oficialista
Jhon Harold Suárez, senador del partido Centro democrático, dijo: “Acatamos las decisiones jurisdiccionales; no obstante, existen reparos, frente al funcionamiento presencial del Congreso, que no sólo implica el desplazamiento de los congresistas por todo el país, desde las regiones hasta la capital; habrá aglomeración de personas, pues no sólo son los senadores y representantes sino las unidades de trabajo legislativo, las personas que hacen parte de los esquemas de seguridad proporcionados por la policía y la UNP; además del personal de apoyo y servicios generales que demanda el ejercicio de las sesiones presenciales”.
El senador Súarez también dijo que “el paso que tenemos que dar es el mismo 20 de julio instalar el Congreso; y radicar una reforma a la ley 5 que permita de manera explícita, la realización de sesiones no presenciales; con el fin de no paralizar el congreso y evitar la aglomeración que implican las sesiones presenciales. El congreso tendrá que ocuparse exclusivamente de esta reforma para poder funcionar en debida forma y esto demanda toda la celeridad del caso”.
También puedes leer en Punto de Corte: